El fisco en su constante batalla para disminuir el fraude fiscal, ha introducido varias reformas. Una de ellas, importa la reforma del Real Decreto e implica la obligación para las entidades financieras de informar anualmente a la Administración Tributaria, los movimientos de efectivo o pagos con tarjetas superiores a 3.000 euros que realicen empresarios o profesionales.
De ahora en adelante estarán bajo la lupa de Hacienda, los pagos y cobros que se realicen en metálico a través de entidades bancarias o de crédito cuando éstos superen los 3.000 euros.
Si bien, esta medida no es una novedad ya que la Agencia Tributaria ya podía acceder a esta información si lo requería, la modificación implicará que la transferencia de datos se efectúe en forma sistemática y no a requerimiento.
Además, a partir de ahora, en todas las operaciones referidas a bienes inmuebles los notarios identificarán «claramente» las formas de pago empleadas: dinero en metálico, transferencia, domiciliación, cheques u otros instrumentos de giro, tras la modificación del Reglamento de la Organización y Régimen del Notariado.